Cuánto cuesta abrir un testamento tras el fallecimiento

Última actualización: 15 de octubre de 2026

Cuando fallece un familiar, una de las primeras dudas de la familia es cuánto va a costar “abrir el testamento”. Mucha gente imagina una lectura solemne ante el notario, con todos los herederos reunidos, y piensa que puede salir cara. La realidad es distinta: en la mayoría de los casos, conocer el contenido de un testamento cuesta muy poco, y lo que de verdad supone un gasto importante son los trámites que vienen después.

En este artículo verás qué significa realmente abrir un testamento, cuánto cuesta cada paso según el tipo de testamento y qué otros gastos conviene prever para tramitar la herencia.

En 30 segundos

  • La “lectura del testamento” con toda la familia reunida no existe en España como trámite obligatorio: basta con pedir una copia al notario.
  • El primer paso es el certificado de últimas voluntades, cuya tasa es de pocos euros.
  • La copia autorizada de un testamento notarial abierto suele costar entre 20 y 60 euros.
  • Los honorarios de los notarios están fijados por ley en un arancel, así que no varían mucho de una notaría a otra.
  • Si no hay testamento, la declaración de herederos ante notario suele costar entre 200 y 500 euros.
  • El testamento ológrafo, escrito a mano, es el más caro de “abrir”: hay que adverarlo y protocolizarlo, y puede superar los 500 euros.
  • Lo que más cuesta no es abrir el testamento, sino la escritura de herencia, el registro y los impuestos.

Qué significa realmente “abrir un testamento”

La expresión viene del cine y de los testamentos antiguos, pero en España no existe una ceremonia de apertura. Lo que se hace es averiguar si el fallecido hizo testamento y obtener una copia oficial para conocer su contenido.

El proceso depende del tipo de testamento:

  • Testamento notarial abierto. Es el más habitual, con mucha diferencia. El original se queda guardado en la notaría desde el día en que se firma. Para “abrirlo” basta con pedir una copia autorizada.
  • Testamento cerrado. El testador entrega al notario un sobre cerrado sin que este conozca su contenido. Tras el fallecimiento hay que abrirlo formalmente ante notario.
  • Testamento ológrafo. Es el escrito a mano por el testador, sin notario. Para que tenga validez hay que comprobar judicial o notarialmente que es auténtico y protocolizarlo.

Si quieres conocer las diferencias con más detalle, las explicamos en los tipos de testamento que existen en España.

Paso 1: el certificado de últimas voluntades

Antes de poder pedir el testamento hay que saber si existe y ante qué notario se firmó. Esa información la da el certificado de últimas voluntades, que expide el Ministerio de Justicia.

Coste: una tasa de pocos euros que se paga con el modelo 790. El importe exacto se actualiza periódicamente y aparece en la propia sede electrónica.

Requisitos: que hayan pasado 15 días hábiles desde el fallecimiento y que la defunción esté inscrita en el Registro Civil. El certificado de defunción es gratuito.

Te explicamos cómo pedirlo en cómo pedir el certificado de últimas voluntades por internet paso a paso, y los plazos de entrega en cuánto tarda en llegar el certificado de últimas voluntades.

Junto a él conviene pedir el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento, que tiene una tasa similar y permite saber si el fallecido tenía un seguro de vida.

Paso 2: cuánto cuesta según el tipo de testamento

Testamento notarial abierto: la copia autorizada

Es el caso más frecuente y también el más barato. Con el certificado de últimas voluntades, acudes a la notaría indicada y pides una copia autorizada del testamento.

Coste orientativo: entre 20 y 60 euros, con IVA incluido.

Los notarios no fijan sus precios libremente. Sus honorarios están regulados por un arancel aprobado por el Gobierno, y las copias se cobran principalmente por el número de folios. Como la mayoría de testamentos ocupan pocas páginas, el importe suele ser reducido. Al precio del arancel se le suma el 21 % de IVA y, a veces, algún suplido como los gastos de envío.

Para obtener la copia tendrás que aportar:

  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Tu DNI o NIE.
  • Documentación que acredite tu interés legítimo, como el libro de familia si eres hijo o cónyuge.

No hace falta que vayan todos los herederos. Cualquiera de ellos puede pedir la copia, y el notario solo se la entrega a quien tiene derecho a conocer el contenido.

Si el notario que autorizó el testamento se ha jubilado o la notaría ha cambiado, el protocolo pasa a otro notario de la misma localidad. El Colegio Notarial te indicará quién lo custodia, sin coste adicional.

Testamento cerrado: la apertura formal

En este caso sí existe un acto de apertura. El notario comprueba que el sobre no ha sido manipulado, lo abre en presencia de los interesados y levanta un acta. Después protocoliza el testamento y expide las copias.

Coste orientativo: entre 100 y 300 euros, según la extensión del documento y las actuaciones necesarias. Es un supuesto poco frecuente.

Testamento ológrafo: adveración y protocolización

Es el que más trámites y más coste supone. Desde 2015, este procedimiento se hace ante notario, que tiene que comprobar que el testamento es auténtico. Para ello:

  1. Quien tenga el testamento debe presentarlo ante notario en los diez días siguientes a conocer el fallecimiento.
  2. El notario cita a los interesados y a testigos que conozcan la letra del fallecido.
  3. Si hay dudas sobre la autoría, puede pedir un informe de un perito calígrafo.
  4. Si todo es correcto, el notario protocoliza el testamento y desde ese momento tiene la misma validez que uno notarial.

Hay que presentarlo en un plazo máximo de cinco años desde el fallecimiento. Pasado ese plazo, el testamento ológrafo deja de tener efecto.

Coste orientativo: desde unos 300 euros, y puede superar los 600 o 1.000 euros si interviene un perito calígrafo o hay oposición de algún interesado.

Si no hay testamento: la declaración de herederos

Si el certificado indica que el fallecido no hizo testamento, no hay nada que abrir. En su lugar hay que tramitar una declaración de herederos ab intestato, que establece quiénes heredan según la ley.

Cuando los herederos son hijos, padres o cónyuge, se hace ante notario mediante un acta en dos fases, con la declaración de dos testigos que conocieran al fallecido.

Coste orientativo: entre 200 y 500 euros, según la notaría y la documentación necesaria.

Si los herederos son hermanos, sobrinos u otros parientes colaterales, el trámite también se hace ante notario. Cuando no hay ningún pariente con derecho a heredar, hereda el Estado y el procedimiento es administrativo.

Te explicamos el orden de los herederos en quiénes son los herederos forzosos y en qué orden heredan.

Tabla resumen de costes

TrámiteCoste orientativo
Certificado de defunciónGratuito
Certificado de últimas voluntadesPocos euros (tasa modelo 790)
Certificado de seguros de fallecimientoPocos euros (tasa modelo 790)
Copia autorizada de testamento abierto20 a 60 €
Apertura de testamento cerrado100 a 300 €
Adveración y protocolización de testamento ológrafoDesde 300 €, más si hay perito
Declaración de herederos ante notario200 a 500 €

Las cifras son orientativas y pueden variar según la extensión de los documentos, los suplidos y las circunstancias de cada caso.

Lo que de verdad cuesta: los trámites posteriores

Abrir el testamento es solo el principio. Los gastos importantes llegan después, y conviene tenerlos previstos desde el primer día.

Escritura de aceptación y partición de herencia

Es el documento en el que los herederos aceptan la herencia y se reparten los bienes. Sus honorarios también están regulados por el arancel notarial, pero dependen del valor de los bienes y del número de folios.

Coste orientativo: entre 300 y 1.000 euros en herencias normales, y más en patrimonios elevados o con muchos bienes.

Inscripción en el Registro de la Propiedad

Si la herencia incluye inmuebles, hay que inscribirlos a nombre de los herederos. El registrador también cobra según un arancel basado en el valor.

Coste orientativo: entre 100 y 400 euros por inmueble, según su valor.

Impuestos

  • Impuesto de sucesiones. Depende mucho de la comunidad autónoma y del parentesco. Entre padres e hijos, muchas comunidades lo bonifican casi por completo. Tienes todos los detalles en el impuesto de sucesiones.
  • Plusvalía municipal. Se paga al ayuntamiento por cada inmueble urbano heredado.

Ambos tienen un plazo de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable a un año si se solicita a tiempo.

Gestoría o abogado

No es obligatorio, pero muchas familias encargan a una gestoría o a un abogado la tramitación completa. Los honorarios son libres y suelen ir desde unos pocos cientos de euros hasta un porcentaje del valor de la herencia en casos complejos. Conviene pedir presupuesto por escrito antes de encargar el trabajo.

Quién paga estos gastos

Los gastos de la herencia los pagan los herederos, normalmente en proporción a lo que recibe cada uno. En la práctica, es habitual que uno de ellos los adelante y después se compensen en el reparto.

Los gastos del entierro y algunos trámites iniciales pueden pagarse con el dinero del fallecido, aunque sus cuentas estén bloqueadas. Lo explicamos en qué pasa con las cuentas bancarias del fallecido.

Si son varios hermanos, conviene acordar desde el principio quién adelanta cada gasto y documentarlo, para evitar conflictos después. Tienes más información en la herencia entre hermanos.

Cómo ahorrar en estos trámites

  • Pide el certificado de últimas voluntades por internet. Es la vía más rápida y no necesitas intermediarios.
  • Ve directamente a la notaría. Para pedir la copia del testamento no hace falta abogado ni gestoría.
  • Pide presupuesto de la escritura de herencia. El arancel es el mismo para todos los notarios, pero conviene saber el importe aproximado antes de firmar.
  • Reúne toda la documentación antes de la cita. Así evitas segundas visitas y retrasos. Tienes la lista completa en documentos necesarios para tramitar una herencia.
  • No dejes pasar los plazos de los impuestos. Los recargos por presentar tarde suelen costar más que cualquier trámite notarial.

Errores frecuentes

  • Esperar a que el notario avise a la familia. El notario no se pone en contacto con los herederos: son ellos quienes tienen que pedir la copia.
  • Pensar que hace falta reunir a todos los herederos. Basta con que uno pida la copia autorizada.
  • Confundir el certificado de últimas voluntades con el testamento. El certificado solo indica dónde está; el contenido lo da la copia del notario.
  • Guardar un testamento ológrafo sin presentarlo. Hay que llevarlo al notario en los diez días siguientes a conocer el fallecimiento, y pierde su efecto si pasan cinco años.
  • Calcular solo el coste de abrir el testamento. La escritura de herencia, el registro y los impuestos son los gastos realmente importantes.

Preguntas frecuentes

¿Hay que pagar para leer el testamento de un familiar?

Sí, pero muy poco. Hay que pagar la tasa del certificado de últimas voluntades y la copia autorizada del testamento, que en un testamento notarial abierto suele costar entre 20 y 60 euros.

¿El notario cobra lo mismo en toda España?

Los honorarios notariales están fijados por un arancel estatal, así que las diferencias entre notarías son pequeñas. Pueden variar algo por los folios, los suplidos y las actuaciones concretas de cada caso.

¿Quién puede pedir la copia del testamento?

Los herederos, los legatarios y quienes acrediten un interés legítimo, como los herederos forzosos aunque hayan sido desheredados. El notario comprueba ese interés antes de entregarla.

¿Se puede pedir la copia del testamento por internet?

Algunos notarios permiten solicitarla y enviarla de forma electrónica, pero normalmente hay que identificarse y acreditar el interés legítimo. Lo más habitual sigue siendo acudir a la notaría.

¿Qué pasa si encuentro un testamento escrito a mano?

Es un testamento ológrafo. Debes presentarlo ante notario en los diez días siguientes a conocer el fallecimiento para que lo compruebe y lo protocolice. Si no lo haces, puedes responder de los daños y perjuicios que cause el retraso.

¿Cuánto cuesta en total tramitar una herencia sencilla?

Sumando copia del testamento, escritura de herencia y registro de una vivienda, lo habitual es que se sitúe entre 500 y 1.500 euros, sin contar los impuestos ni los honorarios de una gestoría o abogado si se contratan.

¿Y si el testamento es antiguo y hay otro posterior?

El certificado de últimas voluntades indica cuál es el último testamento. Por regla general, ese es el válido y revoca los anteriores.

Este contenido tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Los importes son orientativos y dependen del arancel notarial y registral vigente, de la extensión de los documentos y de las circunstancias de cada herencia. Antes de tomar decisiones, consulta con un notario o un abogado.

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